El juez federal Miguel Antonio
Medina procesó sin prisión preventiva al ex director del Instituto Federal
de Varones del Complejo Penitenciario Federal III del NOA entre 2014 y 2015,
Pablo Sebastián Matamala, por incumplimiento de los deberes de funcionario
público y lo embargó por $150.000 por las autolesiones que se infringieron, al
menos, 180 hombres privados de la libertad en el penal ubicado en Güemes.
El titular del Juzgado Federal N°2
de la provincia consideró “evidente que muchas de las circunstancias que
llevaron a los diferentes internos a autolesionarse tenían origen en la falta
de respuestas por parte de aquellos que tenían la obligación de velar por su
seguridad”. La imputación había sido realizada en marzo del año pasado por
el fiscal federal de Salta Eduardo José Villalba, quien además incluyó al
ex director del Complejo Penitenciario Federal III del Noroeste Argentino en el
mismo período, Luis Mario Ptasnik, en su acusación.
El penitenciario falleció el 18 de
agosto pasado a raíz de un infarto, por lo que la acción penal se encuentra
extinguida.
Villalba basó su requerimiento
en un informe realizado por la psicóloga del Ministerio Publico Fiscal de
la jurisdicción, Verónica Olguín Rufino, y en un estudio
interdisciplinario realizado en 2014 por la Procuraduría de Violencia
Institucional que indica que el Complejo Penitenciario Federal III
del Noroeste Argentino presentaba la tasa más alta de personas
encerradas que se autolesionan, en comparación con el resto de los complejos.
El Juez recogió el
diagnóstico de la Procuvin y detalló que durante 2013, “se registraron 66
hechos de violencia dentro del Complejo -desde enero hasta diciembre-” y luego
manifestó que: “Dentro de este universo, la cantidad de episodios de autoagresión
fueron 32 (seis mujeres)”. El fallo -que incluye un listado detallado de cortes
de distinta profundidad en brazos, piernas y otras partes del cuerpo y la
costura o sutura de los labios- subraya también que en el “primer semestre de
2014, se registraron en total 60 hechos de violencia y los hechos de
autoagresión reportados por el Complejo fueron 34”.
A pesar de los argumentos utilizados
por los penitenciarios, el juez hizo hincapié en “los reclamos por parte de los
internos alojados en el Complejo NOA III, muchos de ellos canalizados a través
de hábeas corpus, en donde se hacía mención a la arbitrariedad en el manejo del
horario de visitas, retrasando la entrada y reduciendo el tiempo de encuentro
de los detenidos con sus seres queridos, la inflexibilidad en el control de la
documentación de familiares procedentes de otras provincias o países, la falta de
asistencia médica y los malos tratos, por mencionar algunos de los más
frecuentes”. Según la resolución, estas demandas “no aparecen como hechos
casuales y conducen inevitablemente a preguntarse si se crea de parte de los
agentes del Servicio Penitenciario un cuadro de situación propicio que actúa
como disparador de una situación que se sabe va a suceder: las autolesiones”.
“La mirada del Complejo
Penitenciario del NOA”
El Magistrado no soslayó la
respuesta de la cúpula del penal, que concluyó en un informe que “en la mayoría
de los casos de autolesiones, se evidencia como modalidad de requerimiento de
alguna demanda manifiesta en búsqueda de un beneficio secundario que no hacían
a un cuadro psiquiátrico de urgente intervención sino que respondían a rasgos
psicopáticos para satisfacer una demanda en la inmediatez, con un inadecuado
manejo de ansiedades y bajo control de los impulsos”. Las autoridades
penitenciarias agregaron una caracterización de las personas privadas de la
libertad en el penal federal de Güemes: en su mayoría, se encuentran detenidos
por hechos vinculados al tráfico de sustancias ilícitas.
Según “la mirada del Complejo
Penitenciario del NOA”, estos internos “no suelen tener un perfil criminológico
tan preciso” como los imputados por otros delitos como robo, secuestro
extorsivo, abuso sexual (quienes padecerían un “trastorno disocial de la
personalidad y que para lograr sus objetivos es característico el uso de la
manipulación”), sino que es más “característico de ellos el deseo de hacer
mucho dinero con poco esfuerzo y una incorporación precaria de los valores
sociales”.
En base a ese diagnóstico,
concluyeron que “los 24 internos que se autolesionaron tienen un
diagnóstico de trastorno disocial de la personalidad (...) o una personalidad
marcada con rasgos psicopáticos, por lo que son una minoría diferenciable de la
población del penal”. Además, aclararon que “10 internos tienen antecedentes de
consumo de sustancias psicoactivas y que es conducta típica de esa población
reducir su tensión o ansiedad autolesionándose” y señaló que “los casos
restantes actúan por imitación aunque es probable que también actúen por
ansiedad”.
Medina, empero, destacó la “mirada
psicológica” aportada al caso por la psicóloga Olguín Rufino, quien en su informe
concluyó que “el corte”, “la huelga de hambre”, o cualquier otro modo de
protesta “era la última instancia de reclamo ante la falta de recepción de las
peticiones y solicitudes que efectuaron los internos a diario”.
Las observaciones hechas por las
diferentes áreas del SPF del Complejo III habían sido detalladamente criticadas
en el informe interdisciplinario de la Procuvin que señalaba la falta de
solidez de la bibliografía citada, la ausencia de abordajes integrales en salud
y el uso estigmatizante de las categorías diagnósticas.
Una línea argumental
El 3 de febrero de este año, el
ahora procesado Matamala prestó declaración indagatoria, solicitada por el
fiscal Villalba. Un día antes, había hecho lo propio el ex jefe Ptasnik.
Ambos cargaron la responsabilidad por las autolesiones a los reclusos, tal como
ya lo habían hecho a través del informe, quienes habrían tenido conductas
“extorsivas”. También destacaron sus carreras en el Servicio Penitenciario
Federal y expusieron sus fojas de servicio para explicar que cumplieron con su
deber como funcionarios públicos.
Ptasnik señaló que “en todos los
casos y siempre que se tomaba conocimiento de que un interno realizaba un
determinado acto contrario a las normas de convivencia, de inmediato se realizaban
los informes correspondientes y cada sector ordenaba los estudios, atenciones
médicas, traslados y cualquier otra diligencia tendiente a normalizar el diario
convivir y sobre todo para evitar malestar entre la población carcelaria".
Matamala coincidió con su ex jefe y
detalló que en muchas ocasiones, “los internos no comprendían con claridad que
hay cosas que el reglamento no permite” y puso a modo de ejemplo “la solicitud
de ingreso de teléfonos celulares”. El ex director del Instituto Federal
de Varones del Complejo Penitenciario Federal III del NOA indicó entonces que
ante la negativa de acceder a un pedido como ese, las personas privadas de la
libertad se autolesionan “como una manera de presionar al personal penitenciario
para lograr sus objetivos”.
El trabajo conjunto del equipo
interdisciplinario de la Procuvin y de la Fiscalía N°2 posibilitó revertir la
mirada individual respecto de los hechos y adjudicar responsabilidades
institucionales incorporando la situación de contexto carcelario.
Fuente:
https://www.fiscales.gob.ar/violencia-institucional/salta-procesaron-un-ex-jefe-del-penal-de-guemes-por-las-autolesiones-de-los-reclusos/
CPR