DDN. El fiscal de
Cámara, Civil, Comercial y Laboral, Ramiro Michel Cullen, solicitó que los
organismos públicos imputados y la empresa Néstor A. Marozzi S.A. sean
condenados a cumplir con “las obras y acciones” tendientes a resolver los
problemas de “inundación, limpieza y contaminación, y reubicación de las familias
asentadas en zonas de riesgo”.
El pronunciamiento del fiscal, dictamen
de por medio, se realizó recientemente en el marco de la causa iniciada a
partir de un recurso de amparo presentado por vecinos de distintas barriadas
ubicadas en las riberas del río Arenales, planteo que se hizo tras
las crecidas registradas en la temporada estival del año 2011.
La causa involucra a vecinos de los
barrios Ceferino, Santa Cecilia, 13 de abril, Solidaridad, Democracia, Villa
Lavalle, Asentamiento 20 de Junio, Angelita, San Juan de Dios y Gauchito Gil,
entre otros. El amparo, en tanto, fue presentado en contra de la
Municipalidad de la Ciudad de Salta, el Ministerio de Ambiente y Producción
Sustentable de la Provincia y la empresa Néstor Marozzi S.A.
En septiembre del año siguiente, el
juez Mario D’Jallad, ex integrante de la Quinta Sala de la Cámara de
Apelaciones en lo Civil y Comercial, rechazó el amparo de los vecinos por
considerar abstracto los reclamos ante la realización de determinadas obras que
se habían realizado en respuesta a las quejas.
El rechazo del amparo, sin
embargo, fue apelado y esto provocó que la causa sea girada a la Corte de
Justicia de Salta, la que el 20 de agosto de 2014 resolvió revocar el fallo del
juez D´Jallad en consonancia con el dictamen del fiscal ante la Corte 1,
Alejandro Saravia, quien se había discrepado con la decisión del magistrado de
declarar abstracta la cuestión.
En sus agravios, Saravia se
pronunció por la admisión del recurso de apelación y consideró que la cuestión
“no se ha agotado con la presentación de los planes y que requiere, por el
contrario, una intervención activa y periódica del juez del amparo, quien
debe supervisar que el programa de obras presentado por el municipio se cumple
y que resulta eficaz”.
En su resolución, en tanto, la
Corte sostuvo que era “prematura” la decisión del juez D´ Jallad de rechazar el
amparo ante la sola presentación del municipio de un plan de obras, y por lo
tanto revocó dicha sentencia y encomendó al juez la adopción de “medidas necesarias”
para actualizar la información relativa a la realización de dichas
acciones por parte de los organismos públicos involucrados. En este fallo,
la Corte remarcó que la posición fiscal en casos como este resulta decisiva.
Asimismo, ordenó que se preste atención
a las medidas tendientes a futuro, “para evitar las previsibles
consecuencias sobre personas y bienes que pudieran derivarse de nuevas
crecientes del Río Arenales y para sanear de contaminación su cauce, efectuando
las inspecciones oculares que resulten pertinentes para verificar el efectivo
cumplimiento de las tareas encomendadas a la Unidad Ejecutora de Recuperación y
Saneamiento del Río Arenales, creada por el Decreto Nº 3249/11.”.
Audiencia e
inspecciones
Tras la revocatoria de la Corte, el
nuevo juez Marcelo Ramón Domínguez convocó a los vecinos y a los
funcionarios implicados en las acciones de reparación a una audiencia
pública, la que se realizó el 5 de febrero de 2015, oportunidad en la
que se actualizaron los puntos de obras a fin de cumplir con el mandato de
la Corte de Justicia.
En lo sucesivo, en tanto, se realizaron
diversas acciones judiciales a fin de verificar las distintas obras informadas,
tanto desde la Unidad Ejecutora de Recuperación y Saneamiento del Río Arenales,
la Secretaría de Recursos Hídricos, la Municipalidad, como así también de la
empresa Néstor Marozzi SA.
Entre esas medidas, figuran
numerosos pedidos de informes, inspecciones realizadas por el fiscal Cullen,
como así también la toma de muestras en distintos puntos del río. Esta
última derivó en una investigación penal que se encuentra a cargo del fiscal
penal 6 Horacio Córdoba Mazuranic.
Tras hacer un análisis de todos los
informes y otras pruebas producidas, el fiscal Cullen consideró que se
encuentra cumplido lo requerido por la Corte de Justicia de Salta respecto a
“la actualización de la información sobre la situación del río y sobre las
tareas realizadas y a realizar tendientes a lograr la estabilización y
saneamiento del río Arenales”.
“Son numerosas las obras y acciones ya
realizadas tendientes a lograr la estabilización y saneamiento del río
ordenada por la Corte de Justicia de Salta. Sin embargo, las mismas aún
son insuficientes”. Además, el fiscal consideró que para evitar
consecuencias dañosas sobre personas y bienes que pudieran derivarse de nuevas
crecientes del Río Arenales y para sanear la contaminación de su cauce; “deben
continuarse con acciones de carácter permanente, incluidas en el plan
maestro acompañado por la Unidad Ejecutora de Recuperación y Saneamiento del
Río Arenales.”.
Al respecto, señaló un reporte de dicha
unidad, la que destacó el hecho de que el río Arenales “es un río de montaña,
con un comportamiento dinámico que constantemente erosiona y deposita
sedimentos. Por lo tanto, ninguna acción que pueda efectuarse revestirá el
carácter de definitiva y habrá que continuar realizando periódicamente obras de
encauzamiento para obtener el libre escurrimiento de las aguas y evitar
las inundaciones.”.
Control y
acciones permanentes
“Las características del río y el hecho
de que atraviesa la ciudad de Salta, requieren de un accionar y un control
permanente, por parte de los distintos organismos involucrados, nucleados
bajo la coordinación de la Unidad Ejecutora mencionada; porque tal como se puso
de manifiesto en la audiencia del día 5 de Febrero de 2015, aun cuando se
proceda a la limpieza de las márgenes del río y a la reubicación de las
familias, los mismos vecinos vuelven a arrojar basura y escombros y nuevas
familias se instalan en los espacios desocupados por las personas
trasladadas.”.
Por ello, y en base a lo
expuesto, el fiscal consideró que “corresponde dictar sentencia en la que
se destaque la necesidad de continuar con las acciones tendientes al
saneamiento del río Arenales y la prevención del daño ambiental.”.
Asimismo, resaltó la necesidad de
que “el decisorio deberá orientarse hacia el futuro, fijando los criterios
generales para lograr el cumplimiento efectivo de la finalidad
perseguida, pero respetando el modo en el que dicha finalidad se concrete,
lo cual corresponde al ámbito de discrecionalidad de la Administración.”.
Atento a todo lo analizado, el
fiscal sostuvo que “debería condenarse a los distintos organismos involucrados
juntamente con el estado provincial y municipal(nucleados en la Unidad
Ejecutora) para que concreten las obras y acciones pendientes
incluidas en el plan a corto, mediano y largo plazo, presentado y
explicado en la audiencia del 5 de febrero de 2015, como así también toda otra
acción necesaria para lograr la recuperación y saneamiento del río en cuanto a
los problemas de inundación, limpieza y contaminación, y reubicación de las
familias asentadas en zonas inundables.”.
“En especial debería condenarse: a)
efectuar un plan de forestación de espacios recuperados en las márgenes del
río y tomar las medidas necesarias a fin de evitar la instalación de
nuevas familias en aquellas zonas que queden comprendidas dentro de
las zonas inundables determinadas en autos y en aquellas que se
determinarán a futuro;
b) determinar la línea de ribera;
c) relocalizar, de manera progresiva y de acuerdo a un orden de
prioridad, a las familias que continúan habitando en zonas con riesgo de
inundación; d) continuar con tareas de encauzamiento del río y
construcción y recuperación de defensas de manera permanente y e)
establecer un sistema de control efectivo y permanente para evitar que se
continúe arrojando basura y escombros, como así también impedir el ingreso de
nuevos ocupantes en las zonas con riesgo de inundación.”.
También solicitó “condenar a Néstor
A. Marozzi S.A. a que retire los metros necesarios para que los límites
del Catastro 88.825 coincidan con los estribos del puente sobre la Av. Tavella
y, de corresponder, oportunamente, retire también la franja de terreno que
eventualmente surja luego de fijada la línea de ribera.”.
Con estos pedidos de condena, el
dictamen fue girado al juez Domínguez el 20 de julio pasado a fin de que se
dicte nueva sentencia en torno al caso, por el cual los vecinos de los barrios
aledaños al río aún esperan soluciones concretas en materia de inundaciones.