DDN. El abogado
David Leiva denunció ayer penalmente a los directivos del Ingenio y Refinería San Martín Del Tabacal SRL y de la empresa
PROSEGUR (Seguridad privada) por el delito previsto en el artículo 194 * del Código
Penal.
El Letrado precisó en su denuncia que
a la entrada al pueblo de El Tabacal, existen unos arcos con barreras similares
a las del paso de las vías de ferrocarril, con personal de Prosegur (Agencia de
Seguridad contratada por El Ingenio), que impide y entorpece la circulación a
quienes se trasladan en vehículos que vienen por la ruta nacional 50 y tratan
de entrar a dicho pueblo.
Leiva precisó que solicitan razones de
la visita al pueblo a cualquier ciudadano que quiera ingresar y si no son
razonables para los hombres de seguridad, éstos impiden la entrada.
Asimismo, destacó que personal de la
policía de Salta requisa los vehículos sin orden judicial y sin labrar acta
alguna.
El pueblo de El Tabacal tiene barrios
como San José, Villa Las Rosas, Villa del Valle, Villa San Antonio (o Barrio
Obrero), trazados de calles y al transpasarlas Barreras se encuentra la Avenida
San Martín que lleva hasta la finalización del pueblo en el que comienza un
camino vecinal que lleva al Río Bermejo y que es utilizado por los pescadores
de la zona. En este pueblo existe un destacamento policial, una escuela pública,
dos cajeros (Banco Rio y Banco Macro), paradas de colectivos de transporte interurbano,
comercios, clubes de fútbol, una Iglesia Católica, un cementerio (con cientos
de personas enterradas y al que concurren personas que no viven en El Tabacal y
que van a tributar a sus muertos), miles de personas con actas de nacimiento
nacidas en El Tabacal, restaurantes, es lugar de votación en elecciones
provinciales y nacionales, figura con código postal del Correo Argentino y una fábrica
de azúcar que sí está cerrada al público como corresponde.
El abogado enfatizó que los
habitantes del pueblo El Tabacal no son propiedad del Ingenio y en consecuencia,
a pesar que este pueblo está construido sobre tierras de esta empresa y que
esta empresa haya construido las viviendas, el domicilio de los habitantes de
allí es privado de estos, y existen derechos colectivos afectados por esta
empresa que impide o estorba la circulación hacia ese pueblo.
“Este es el motivo de la denuncia,
de una situación injusta, ilegal, dolosa, que se comete diariamente a ojos
vistas de los poderes públicos de Salta”, remarcó Leiva.
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ARTICULO
194. - El que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o
entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o
aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de
electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de tres
meses a dos años.