De esta manera se arribó a la
resolución de un conflicto que ya llevaba más de dos años de litigio en la
justicia civil. En el marco del acuerdo celebrado, los encausados deberán
cumplir con una deuda de un millón de pesos mantenida con la entidad bancaria.
Asimismo, y como acción reparadora
de su conducta la pareja compuesta por Hugo Francisco Solorza y María Verónica
Poma Pegoraro deberá efectuar una donación mensual de 3 mil pesos a favor del
hospital Oscar H. Costas, de la localidad de Joaquín V. González, ubicada a 228
kilómetros de la capital salteña.
El litigio se inició el 27 de abril
de 2018, cuando el Banco Nación promovió acción civil de ejecución prendaria de
maquinarias contra los acusados, oriundos de la ciudad de Metán, próxima a
Joaquín V. González. Esa medida, sin embargo, se frustró a raíz de acciones de
ocultamiento que impidieron la disposición de bienes por parte del banco. Por
ello, el 21 de octubre de 2019 la entidad denunció ante la fiscalía a los
deudores por el presunto delito de estafa, con lo cual el conflicto pasó al
fuero penal federal.
En octubre de 2019 el Banco Nación
denunció ante la fiscalía a los deudores por el presunto delito de estafa, con
lo cual el conflicto pasó al fuero penal federal.
El caso giraba en torno a maniobras
que tenían como objetivo el incumplimiento de pagos de dos préstamos por un
monto total de un millón de pesos, tramitados y obtenidos en 2016. Al asumir la
investigación del hecho, el fiscal Snopek llevó adelante el proceso bajo la
calificación de “desbaratamiento de derechos acordados”, contemplado en el
artículo 173, inciso 11 del Código Penal.
Desde su inicio, y a pesar de los
contratiempos surgidos a lo largo del 2020 por la pandemia del coronavirus, la
fiscalía celebró varias audiencias en torno al caso, que finalmente arribó a su
resolución en un tiempo perentorio desde su radicación en la fiscalía.
La fiscalía aceptó los términos
acordados con la defensa de los acusados, quienes se comprometieron al pago de
la deuda contraída y a cumplir con la acción reparadora en beneficio del
hospital de Joaquín V. González
Resolución
Así las cosas, y en el marco de los
principios rectores establecidos en los artículos 22 y 26 del Código Procesal
Penal Federal, los cuales promueven la resolución de conflictos de manera
expedita que no sólo permitan lograr la paz social, sino también el beneficio a
la comunidad, el fiscal Snopek decidió disponer de la acción penal mediante un
acuerdo de suspensión de juicio a prueba.
Fue así como el 11 de diciembre del
2020, con la asistencia de la auxiliar fiscal Rocío Mariscal, el fiscal aceptó
los términos acordados con la defensa de los acusados, quienes se comprometieron
al pago de la deuda contraída con la entidad bancaria, como así también cumplir
con la acción reparadora, en este caso en beneficio del hospital de Joaquín V.
González. Esto se celebró de manera temporal y por el término de un año, tiempo
en que los acusados deberán someterse al control del Patronato de Liberados que
corresponda. Todo ello bajo la advertencia de que, ante cualquier
incumplimiento, la acusación penal será restaurada.
MEPG