Plaza
explicó que hay casos denominados “especiales” que se tramitan en el área social
del IPV. “Una vez que una persona que no está en condiciones de tener una
carpeta habitual, sin los requisitos, se deriva el caso al área social donde se
inicia una carpeta diferente, con otro tipo de criterios, con personas en
situaciones de vulnerabilidad social extrema, históricos ingresos bajos,
mujeres en situaciones de violencia. El problema es que los criterios de admisión
no son claros”, dijo.
Los
consultantes deben enviar una carta con la situación que viven dirigida al
presidente del IPV, y “cuando más lastimoso es el relato, para los clientes, es
mejor”. Desde el área les expresan que se debe esperar que el director defina
quienes entrarán en esas carpetas. “Es un método que discrimina y da lugar a la
discrecionalidad, ampliamente. Cuando no hay reglas, se da lugar a si tiene
contacto o no tiene contacto”, agregó.
Plaza, de la
Fundación Tomar Acción, representa a 124 familias que estuvieron asentadas el
año pasado en la toma de Finca Marinaro, en simultáneo con otros asentamientos
de la zona sur de la ciudad de Salta.
“Esta
situación hizo que, junto con otros antecedentes nuestros, se nos dé la
posibilidad de tener la representación de todas las personas en situación
vulnerabilidad que necesitan una vivienda a través del IPV. Eso contempla el
amparo. Hoy estamos en una medicación para evitar la imputación penal de todas
esas personas. De ese acuerdo, para desocupar el predio, obtuvimos una reunión
con el IPV. Nos tuvieron que recibir, y en esa reunión preguntamos directamente
cual era la solución que daban. Nos pidieron el estado de las carpetas y que pongamos
en línea los papeles”, contó y agregó que le dijeron que no había terrenos
tampoco, “ni propios ni ajenos”.
En primer
lugar, la jueza Villagrán le dio curso al recurso de amparo, pero hay una
oposición del procurador general Abel Cornejo porque el estatuto de la
fundación indica que pueden litigar en casos nacionales e internacionales, pero
no dice “provinciales”; motivo que la jueza rechazó por considerar algo mínimo
e insignificante.
Fuente:
Todas las voces – FM Noticias 88.1 MHz
LS