Es que al presentarse un caso con
resultado positivo de COVID-19, corresponde disponer – con carácter de
urgente-, medidas restrictivas preventivas en el ámbito de esas dependencias y
en resguardo de la salud pública comprometida.
En consecuencia, la Resolución
1177, dispone con carácter preventivo que los y las magistrados/as,
funcionarios/as y todo el personal de las Fiscalías Penales 1, 2 y 3 y el
Centro de Mediación del Distrito Judicial Orán, cumplirán sus funciones desde
sus hogares mediante la modalidad de trabajo remoto, hasta el 21 de marzo del
corriente año.
En la misma Resolución, quedó
establecido que la fiscal Penal Nº 1, Daniela Alda Murúa, realizará todos los
actos procesales de carácter presencial que resulten impostergables para las
dependencias.
Se recomendó a todos los agentes
alcanzados por la medida preventiva de aislamiento, que permanezcan en sus
domicilios a los fines de evitar la propagación de la enfermedad en el contexto
de la pandemia por COVID-19, y que, ante cualquier síntoma la patología,
deberán dar parte inmediatamente al Servicio Médico del Ministerio Público.
MP