DDN. En el marco de la causa “Contribuyente:
Arcadio Obras Eléctricas – Avan Sas – Matías Huergo y Otros” por infracción al
Régimen Penal Tributario, el Juzgado Federal N°1 aclaró que este hecho
delictivo se tramita en la justicia federal y el 29 de junio de 2020 se
resolvieron las situaciones procesales de todos los imputados.
Por otro
lado, en el hecho delictivo que se le atribuye al entonces secretario de
hacienda municipal Pablo Gauffín en perjuicio de la Municipalidad de Salta, de
COSAYSA S.A. y de la Provincia de Salta, se declaró la incompetencia de la
Justicia Federal el 9 de mayo de 2019 y se consideró que correspondía la
intervención de la justicia de la provincia de Salta.
Con motivo
de la incompetencia, se remitieron las actuaciones al Juzgado de Garantía N° 5 el
21 de junio de 2019, y se los invitó a que en caso de no compartir lo resulto
se devuelva al juzgado federal. Sin embargo, luego de recibir las actuaciones,
el juez interviniente no planteó un conflicto negativo de competencia e incluso
el 6 de agosto de 2019 decidió suspender su trámite “hasta tanto se informe que
el decisorio se encuentra firme”.
“Resulta
importante que se entienda la diferencia de consecuencias y efectos entre el
camino procesal escogido en el caso por el juez actuante en la justicia
provincial, del cauce que deriva de una cuestión de competencia debidamente trabada”,
indicó el parte de prensa. En el mismo sentido, señaló que “las diferencias
entre tribunales no deben paralizar los procesos ni las investigaciones en
curso”.
En el parte
de prensa firmado por Bavio se realizó un análisis cronológico del derrotero
procesal de la causa. El 9 de mayo de 2019 se declaró la incompetencia parcial
del Juzgado Federal, lo cual fue apelado por el fiscal interviniente y el 14 de
junio de 2019 la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones resolvió confirmar
la incompetencia para continuar investigando los presuntos hechos ilícitos en
los que posiblemente estén involucrados funcionarios municipales, más de
treinta empresas privadas (algunas reales y otras ficticias) y directivos de
COSAYSA S.A. por direccionamiento y por la “cartelización” de la obra pública. Luego,
reitera que el Juez de Garantías N° 5 decidió la suspensión.
“Esta decisión
suspensiva de la tramitación lejos de ser controvertida e impugnada por las
Fiscales integrantes de la Unidad de Delitos Económicos Complejos interviniente
y pese a que con anterioridad habían solicitado la incompetencia del tribunal provincial,
no solo la aceptaron sino que además requirieron al juez que se aclare que
dicha suspensión debe extender sus efectos a ‘todo el trámite procesal’ y, en
ese sentido, el magistrado se pronunció aclarando que la medida ‘abacarcaba la
totalidad del proceso”, se informó.
“Siete
jueces federales ya se pronunciaron en sentido coincidente respecto de la
competencia local de los delitos comunes ya mencionados y la firmeza que se
reclamaba para avanzar, ha sido superada holgadamente”, se manifestó en el
parte de prensa y continuó reiterando, nuevamente, que fue el Juzgado de
Garantías N° 5 quién suspendió el proceso formado por las actuaciones enviadas
el 22 de junio de 2019.
LS