DDN. La fiscalía acusa a los
funcionarios como coautores de negociaciones incompatibles con la función
pública e incumplimiento de deberes de funcionario público, y al empresario
como partícipe necesario del primero de esos delitos, en el marco de la
contratación de servicios en materia de audio, video y pantallas leed
destinados a encuentros realizados en distintos centros de jubilados. El daño
causado se estima en un monto superior a los 3 millones de pesos.
El juez de Revisión de Salta,
Santiago French, dictó este lunes el auto de elevación a juicio a los empleados
de la Unidad de Gestión Local XII del PAMI, Claudio Marcelo Palacios y Ricardo
Gabriel Coronel, y al empresario Sebastián Gonzalo Villagrán Di Pietro, por los
delitos de negociaciones incompatibles con la función pública en concurso ideal
con incumplimiento de deberes de funcionario público.
Los dos primeros fueron acusados en
calidad de coautores, mientras que el tercero, propietario de una empresa de
servicios de logística digital, deberá responder como partícipe necesario.
La remisión a juicio fue solicitada
por el fiscal federal Ricardo Toranzos, titular del Área de Casos Complejos de
la Unidad Fiscal Salta, quien inició la investigación del caso el 25 de octubre
del 2021 a partir de una denuncia anónima que daba cuenta de posibles
irregularidades en materia de contrataciones y licitaciones que se llevaban
adelante en la Unidad de Gestión Local XII, dependiente del PAMI.
En particular, apuntó contra dos
expedientes de contratación de servicios que presentarían falencias respecto al
cumplimiento de requisitos y otros trámites. Fueron sindicados como
responsables Palacios y Coronel, mientras que Villagrán Di Pietro aparecía
favorecido en las maniobras.
En función de las pruebas reunidas
a lo largo de la investigación, el fiscal afirmó que los dos funcionarios
públicos no sólo obraron de “manera interesada” en favor del empresario, sino también
que “realizaron varios trámites para que gane las contrataciones”.
En tal sentido, explicó que los
servicios consistían en la asistencia en materia de audio, video y pantallas
leed destinados a encuentros realizados en distintos centros de jubilados, con
motivo de celebrarse los 50 años del PAMI.
Precisó que, mediante esta
modalidad, los imputados causaron un perjuicio económico al Estado Nacional de
poco más de 3 millones de pesos. Al respecto, el fiscal resaltó la
efervescencia exteriorizada por los acusados por las facturas que salían a
nombre de Villagrán Di Pietro.
En función de las pruebas reunidas
a lo largo de la investigación, el fiscal afirmó que los dos funcionarios
públicos no sólo obraron de “manera interesada” en favor del empresario, sino
también que “realizaron varios trámites para que gane las contrataciones”.
Por cada contratación -agregó- el
PAMI hacía pagos de sumas de 400 a 500 mil pesos. Ejemplificó que, en un
diálogo captado en la investigación, Palacios y Coronel se mostraron contentos
por las maniobras e incluso hablaron de salir a festejar por los “cheques que
tenían para cobrar”.
Entre otros aspectos del caso, el
fiscal -asistido por Ana Gómez Rincón- indicó que, de los expedientes
examinados, surgen irregularidades evidentes, como el incumplimiento de
requisitos de orden administrativo y la reiteración de presupuestos de dos
empresas en calidad de oferentes, que luego se estableció que eran ficticias.
La fiscalía resaltó otro diálogo de
Coronel con un amigo, a quien le contó que había estado “renegando” con
Palacios porque pasó mal un presupuesto, para luego reconocer que “después de
esas cosas hay cometa...van a quedar como diez lucas de cometa para cada uno…”.
En vista de estos elementos
probatorios, y otros más obtenidos de las tareas de campo e inteligencia
criminal, el fiscal dio por acreditada la participación de los tres acusados en
los delitos imputados. En el caso de los dos empleados del PAMI sostuvo que su
accionar quebró la imparcialidad de ese organismo en materia de contrataciones.
Planteos defensivos
A su turno, las defensas realizaron
distintos planteos en oposición al pedido de elevación a juicio, entre los
cuales se solicitó la nulidad del allanamiento realizado en las oficinas del
PAMI, la requisa personal a Palacios y la de su auto, y, finalmente, se reclamó
el sobreseimiento de los tres imputados.
Las nulidades, según lo expuesto,
fueron fundadas en una supuesta ausencia de autorización judicial, como también
se cuestionó el hecho de que no se haya usado a los mismos testigos del
allanamiento en el PAMI para presenciar la requisa del auto de Palacios.
En un tono más vehemente, en tanto,
se criticó la supuesta violencia con la que se realizó la requisa personal a
Palacios y se afirmó que se lo desnudó en plena oficina pública en busca de su
teléfono particular, tarea que fue llevada adelante por efectivos de la Policía
Federal y comparada con el accionar de las fuerzas de seguridad en contextos
sin vigencia del Estado de Derecho.
El fiscal indicó que, por cada
contratación, el PAMI hacía pagos de sumas de 400 a 500 mil pesos. Ejemplificó
que, en un diálogo captado en la investigación, los funcionarios se mostraron
contentos por las maniobras e incluso hablaron de salir a festejar por los
“cheques que tenían para cobrar”.
El sobreseimiento, en tanto, fue
argumentado en un análisis de las pruebas que incluyó la interpretación sobre
que el diálogo respecto al cobro de “cometas” estaba dirigido al pago de
comisiones dentro del PAMI.
Las alegaciones fueron rebatidas
por el fiscal, quien aclaró, en primer lugar, que el allanamiento cuestionado
contó con la debida autorización judicial y les recordó a las defensas que la
fiscalía les hizo escuchar un audio de WhatsApp mediante el cual, el juez
federal de Garantías N°1 Julio Bavio, autorizó las diligencias.
En este punto, destacó el criterio
de desformalización contemplado en el nuevo Código Procesal Penal Federal
vigente en Salta y Jujuy desde el 10 de junio de 2019. Refutó los dichos
respecto a la requisa de Palacios, que se llevó adelante en un sector privado a
fin de resguardar el pudor, situación que quedó debidamente registrada en las
actas del procedimiento.
También rechazó como fundamento el
hecho de que los testigos de una medida también lo fueran de otra, lo cual es
una distinción con el viejo sistema procesal mixto. Y explicó que la requisa
sobre Palacios se debió a contradicciones en las que el mismo acusado incurrió
respecto a dónde había dejado su teléfono particular, el cual se requería para
su secuestro.
En cuanto al sobreseimiento, el
fiscal disintió de las interpretaciones defensivas referidas a las pruebas,
pues resaltó que las intervenciones telefónicas señalaban claramente que
Coronel no habla de comisiones, sino que hizo alusión directa a “cometas”, cuya
connotación delictiva, expuso, “habla por sí sola”.
Al resolver, el juez French rechazó
las nulidades y el sobreseimiento de los acusados. Aseguró que “la fiscalía
tiene un caso para llevar a juicio y creo que cuenta con suficiente mérito
probatorio”.
Recordó la imposibilidad del
magistrado de ingresar en un análisis profundo de la prueba, pero no obstante
dejó en evidencia la ausencia de elementos precisos por parte de las defensas
que vulneren o controviertan la plataforma fáctica expuesta por la fiscalía,
por lo que resolvió dictar el auto de elevación a juicio.
MP