DDN. En el marco de la investigación
por presunta corrupción en el Servicio Penitenciario, la fiscal de Impugnación
en feria, Karina Holmquist Moreira fue notificada acerca de la decisión del
Juez Pablo Mariño de revocar parcialmente el arresto domiciliario concedido a
cinco funcionarios de dicha institución y a otros cuatro individuos vinculados
con la investigación en curso. La medida comprende a cinco funcionarios del
Servicio Penitenciario, destacando la presencia de tres jefes.
Además, se encuentra la madre de
un individuo privado de la libertad, quien se presume desempeñó un papel
crucial en la fragmentación y entrega de sustancias estupefacientes a un
guardia carcelario. Sumado a esto, se identifican otras tres personas que
habrían llevado adelante roles significativos dentro de la organización bajo
investigación.
La decisión sobre otras cuatro
mujeres imputadas en la causa, es que permanezcan bajo arresto domiciliario.
En su escrito, el magistrado
recomienda que, dado que la prisión preventiva afecta a personal penitenciario
encargado de la custodia de los internos en el penal de la UUC Nº 1, el
Tribunal de origen debe tomar las medidas con el propósito de prevenir posibles
afectaciones a la integridad física de los encausados. Sugiere su reubicación
en una dependencia donde no tengan contacto con los internos ni con sus colegas
de trabajo. En caso de no ser posible, se recomienda su alojamiento en alguna
dependencia bajo la jurisdicción del Gobierno Federal. Asimismo, se insta a
aplicar estas mismas precauciones para los acusados civiles.
La medida obedece a la
presentación de un recurso de apelación presentado por parte de la Unidad
Fiscal, conformada por el procurador general de la Provincia de Salta, Pedro
García Castiella, junto a los fiscales Ana Inés Salinas Odorisio y Santiago
López Soto. Este recurso fue reiterado, planteando en la decisión adoptada de
conceder el arresto domiciliario, un riesgo potencial de entorpecimiento
durante la fase inicial de la investigación, incluso antes de obtener las
declaraciones de posibles testigos. Esto resulta esencial para el desarrollo
adecuado del proceso judicial, ya que se busca garantizar que las declaraciones
se realicen sin temores ni presiones, preservando así la integridad del
testimonio y contribuyendo a una resolución justa de la investigación.
Fuente: Fiscales penales
MP