El Ministerio de Trabajo oficializó este martes los
requisitos de preselección y selección para el Programa de Recuperación
Productiva II (Repro II), para los salarios devengados en diciembre de 2021.
Lo hizo a través de la Resolución 12/2022
publicada este martes en el Boletín Oficial, que adopta recomendaciones
formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa Repro II en su
acta conjunta 14, tras su reunión del 3 de enero.
Como criterio general, el Comité concluyó que, más
allá de destacar la recuperación económica y laboral en los últimos meses,
"no hay razones relevantes que justifiquen la introducción de cambios al
conjunto de parámetros y condiciones de acceso, definidos para los programas
implementados el mes anterior".
En cuanto a los criterios de preselección, el
Comité estableció que, para los sectores críticos y no críticos, así como para
el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras
Independientes en Sectores Críticos, se tomará la facturación registrada en
noviembre de 2019 y el mismo mes de 2021.
Esa diferencia se mantuvo en 30% en términos
reales, pero se redujo al 43,8% nominal, inferior al 46,2% de la resolución
previa (803/2021), debido a una baja en la inflación bianual.
"La variación del IPC entre noviembre de 2019
y noviembre de 2021 ascendió a un 105,3%, cuando el incremento de este
indicador había sido 108,8% entre octubre de 2019 y octubre de 2021",
indicó el Comité en la fundamentación del nuevo criterio de ajuste nominal.
Ese mismo período de comparación se utilizará en
el sector de la salud, aunque la diferencia de facturación debe dar como mínimo
una variación de 0% en términos reales, y como máximo un aumento de 105,3% en
términos nominales, 3,5 puntos porcentuales menos que en noviembre.
BH